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Actualización de la forma de llenado de los campos obligatorios que deben tener las Facturas Electrónicas del Sector.

por David Robles

Posteado en 2019-04-25 16:30:15



El 17 de abril de 2019, La AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL HIDROCARBURIFERO emite una actualización en la forma correcta de llenado de los campos que obligatoriamente deben constar en las facturas electrónicas emitidas por los centros de distribución del segmento de combustible, según oficio Nro. ARCH-DCTC-2019-0277-OF.

A continuación, el detalle de las actualizaciones que deben cumplir las estaciones de servicio:

  1. Estandarización nombre para la facturación electrónica:
  2. PRODUCTO
    1.- SUPER
    2.- EXTRA
    3.- EXTRA CON ETANOL
    4.- DIESEL PREMIUM
    5.- DIESEL DOS

  3. Estandarización del CÓDIGO DEL PRODUCTO para la facturación electrónica:
  4. CÓDIGO DEL PRODUCTO
    1.- 0103 - SUPER
    2.- 0101 - EXTRA
    3.- 0174 - EXTRA CON ETANOL
    4.- 0121 - DIESEL PREMIUM
    5.- 0104 - DIESEL DOS

    Nota: En la Facturación Electrónica, como campo OBLIGATORIO con nombre “CÓDIGO DEL PRODUCTO”, se deberá incluir los códigos antes señalados, mismos que de requerir más caracteres dentro de la facturación electrónica se antepondrán los ceros pertinentes.

Los siguientes detalles se mantienen iguales:

  1. Ingreso de placa.
  2. CASO PLACA DESCRIPCIÓN
    1 ABC1234 Se deberá ingresar las letras y números sin ningún espacio.
    2 ABC0123 Si existen solo tres dígitos se deberá anteponer el cero sin ningún espacio.

  3. Para el caso de cuantías domésticas:
  4. CUANTÍA DOMÉSTICA PLACA DESCRIPCION
    CON AUTORIZACION AUTORIZACIÓN VIGENTE DE CUANTÍA DOMÉSTICA El Cliente final, requiere realizar el trámite de solicitud de autorización en la ARCH.
    SIN AUTORIZACION “9999999” Si el volumen es inferior a 5 galones y no requiere autorización de la ARCH

Nuestro Sistema se encuentra actualizándose constantemente, brindando a todos nuestros clientes una herramienta efectiva y eficaz para su gestión y cumpliendo con los últimos requerimientos de los entes de control.

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